El Tribunal Oral en lo Penal de
Quillota impuso la pena de 15 años de presidio al autor del femicidio de
Cinthya Sepúlveda, pena que la
Fiscalía había solicitado en el evento de que se le
reconociera alguna atenuante al acusado.
El día 16 de Noviembre de 2011,
alrededor de las 2:15 horas de la madrugada, Cinthya Denisse Sepúlveda Silva,
tomó su vehículo y se trasladó hasta la calle Hermanos Carrera, de la población
José Miguel Carrera, para reunirse con su ex conviviente, Estanislao Aquiles
Carrasco Alvarado.
Momentos más tarde se inició una
discusión entre ambos, lapso durante la cual el sujeto atacó a la mujer con un
cuchillo del tipo cortaplumas, de 16 centímetros de
largo y 8 centímetros
de hoja, con el cual le ocasionó cuatro heridas penetrantes en la zona cervical
anterior y posterior, las cuales le provocaron la muerte por anemia aguda en el
mismo lugar.
El imputado fue llevado a juicio
y el fiscal Guillermo Sánchez, quien solicitó la pena de presidio perpetuo, o a
lo menos la de 15 años en el evento de que los jueces reconocieran alguna
atenuante al imputado.
En definitiva, el tribunal
consideró la irreprochable conducta anterior del acusado y el haber colaborado
sustancialmente en el esclarecimiento de los hechos, razón por la que en
definitiva no lo castigó con presidio perpetuo y lo condenó a presidio mayor en
su grado medio.